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RESOLUCION de 7 de abril de 2006, de la Universidad de Zaragoza, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia núm. 204/2004, de 20 de abril, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Zaragoza, y la de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, notificada su firmeza el 10 de febrero de 2006, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 27/2004, interpuesto por el sindicato Babel.

Publicado el 26/04/2006 (Nº 47)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

RESOLUCION de 7 de abril de 2006, de la Universidad de Zaragoza, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia núm. 204/2004, de 20 de abril, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Zaragoza, y la de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, notificada su firmeza el 10 de febrero de 2006, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 27/2004, interpuesto por el sindicato Babel.

En cumplimiento de la sentencia número núm. 204/2004, de 20 de abril, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Zaragoza, y la de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, notificada su firmeza el 10 de febrero de 2006, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 27/2004, interpuesto por el sindicato Babel, cuyo fallo señala:

«Que estimando en su totalidad el recurso interpuesto por Sindicato Babel contra la resolución de 29 de octubre de 2003 del Rector de la Universidad de Zaragoza por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por los sistemas de promoción interna y acceso libre, en la Escala Auxiliar de la Universidad de Zaragoza, debo anular y anulo el inciso penúltimo de la base 2.2, que establece como computables a efectos de antigüedad en el cuerpo o escala los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, declarando que para acceder a la escala auxiliar en dicha convocatoria es requisito indispensable acreditar al menos dos años de antigüedad en el Cuerpo o Escala al que se pertenezca el día de finalización de plazo de presentación de solicitudes.»

Este Rector, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia. Es por ello por lo que, para dar cumplimiento tanto a la parte dispositiva como a los fundamentos de la misma, Acuerda:

Anular el inciso penúltimo de la base 2.2, de la Resolución de 29 de octubre de 2003 del Rector de la Universidad de Zaragoza por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por los sistemas de promoción interna y acceso libre de la Escala Auxiliar de la Universidad de Zaragoza.

Contra la presente Resolución puede plantearse el correspondiente incidente de ejecución ante el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Zaragoza.

Zaragoza, a siete de abril de dos mil seis.-El Rector, Felipe Pétriz Calvo.